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Las Pensiones en la Nueva Ley del IMSS (3/12) - escrito por Armando Ramirez Bajo el regimen de la ley del 73, el trabajador que se jubile y desee obtener su pensión debera cumplir por lo menos los siguientes requisitos: Para pensión por Cesantia en edad avanzada.- Tener, cumplidos, de 60 a 64 años de edad. Haber cotizado al IMSS un minimo de 500 semanas (10 años) y encontrarse dentro del periodo de conservación de vigencia de derechos o bien haber estado activo hasta el momento de la solicitud. Pension por Vejez.- Todo igual al anterior a excepción de la edad la cual debera ser de 65 años en adelante. Si tenemos cubiertos los rquisitos anteriores, el derecho a recibir la pensión que nos corresponde ya solo es cuestion de tramites burocraticos, los cuales tardaran, si todo esta en orden, algo asi como 3 meses. Veamos que tenemos que hacer: Primer paso- Iniciaremos nuestra propuesta de Pensión, checando que todos nuestros documentos y datos se encuentren en orden ante las 3 dependencias a las que deberemos acudir durante el tramite, que son Imss, Infonavit y nuestra Afore. Para ello lo primero que haremos sera solicitar al IMSS un documento que se llama "Certificacion de semanas cotizadas" este lo obtendremos en la subdelegación administrativa del Instituto que nos corresponda por nuestra dirección, si no sabemos cual es o donde esta basta que preguntemos en la UMF a la que siempre acudimos y ahi nos daran el dato. Para obtener este documento solo habra que llevar nuestra identificación, comprobante de domicilio, curp y cualquier documetno oficial del Instituto donde conste nuestro numero de afiliación. El tramite lleva algo asi como 30 minutos y en un plazo no mayor a 3 dias habiles nos entregan el mencionado documento. En el, el Instituto nos confirma el numero de semanas que tenemos reconocidas y el promedio de salarios con los que hemos estado registrados. Si existiera alguna diferencia en semanas entre lo que nosotros calculamos y lo que nos dice el IMSS, sera indispensable solicitar una revisión y para ello deberemos presentar toda la documentación o información sobre nuestros patrones en nuestra trayectoria laboral. En este caso, de revisión, el tramite entonces puede tardarse hasta 3 meses. Es de suma importancia que este tramite sea el primero que hagamos pues, como comentamos en caso de diferencias la tardanza sera un poco larga. El siguiente paso sera checar que nuestros datos personales coincidan en todos lados. Esto es sumamente importante y es necesario lo hagomos antes de meter la solicitud de pensión. Con lo anterior queremos decir que, tomando como base nuestra Acta de Nacimiento Original, chequemos que nuestro nombre coincida al 100 % con el registrado ante las dependencias mencionadas, que nuestro RFC y CURP esten correctamente asentados y que los nombres y datos de nuestros beneficiarios legales esten debidamente registrados. En el siguiente articulo continuaremos con la forma de realizar las correcciones, en caso de que hubiese, ante las dependencias mencionadas.
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