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Las Pensiones en la Nueva Ley del IMSS (7/12) - escrito por Armando Ramirez Tardándome un poco, porque no podia meter la tabla que es indispensable para continuar con nuestro ejercicio, ya está lista y seguimos: num.de salarios %cuantia básica %incremento anual 1.000 80.000 0.563 1.250 77.100 0.814 1.500 58.180 1.178 1.750 49.230 1.430 2.000 42.670 1.615 2.250 37.650 1.756 2.500 33.680 1.868 2.750 30.480 1.958 3.000 27.830 2.033 3.250 25.600 2.096 3.500 23.700 2.149 3.750 22.070 2.195 4.000 20.650 2.235 4.250 19.390 2.271 4.500 18.290 2.302 4.750 17.300 2.330 5.000 16.410 2.355 5.250 15.610 2.377 5.500 14.880 2.398 5.750 14.220 2.416 6.000 13.620 2.433 6.100 13.000 2.450 ----------------------------------------------------------------------------------- La tabla anterior nos servirá para obtener los porcentajes que corresponden como pensión básica e incremento a la misma, por años trabjados en exceso a los 10 primeros. Iniciemos el procedimiento: Para un mejor entendimiento del ejercicio, trabajaremos en base a un ejemplo ficticio y sobre él haremos el cálculo correspondiente. Ya una vez entendido, sólo tendremos que substituir las variables por las nuestras y obtendremos el resultado requerido. Datos ejemplo: Edad: 63 años, años trabajados 42, total de salarios de los últimos 5 años cotizados $1,025,000, Monto de salario mínimo al momento del cálculo $54.80, dependiente 1 (esposa) Como primer paso obtendremos el número de semanas: Cantidad de años por número de semanas del año: 42*52=2184 A continuación, obtendremos el salario diario promedio de los últimos 5 años cotizados: Ingresos de los últimos 5 años entre número de dias de estos años: 1025000/1820=$563.19 Estos dos datos los calculamos o bien los obtenemos de la hoja de certificacion de semanas que nos dio el imss. El siguiente paso será obtener el número de salarios mínimos que representa, a la fecha, mi salario diario promedio: 563.19/54.80=10.277 Remitiéndonos a la tabla, donde observamos que el número máximo de salarios que nos ofrece es de 6.100, tomaremos el porcentaje que se encuentra en la columna CUANTIA BÁSICA, que en este caso será del 13%, con lo que obtendremos el monto del salario diario, que representa la cuantia básica de la pensión $563.19*13%=$73.214 (cuantia básica) A continuación obtendremos el número de semanas en exceso a las 500 básicas: 2184-500=1684 (número de semanas en exceso) Convertimos esas semanas en años: 1684/52=32.38 (numero de años en exceso) Remitámonos ahora a la columna de incremento a la cuantia básica y llendonos nuevamente al número de salarios, en este caso el máximo, y veremos que tenemos el porcentaje de 2.450 Este porcentaje lo multiplicaremos por el salario promedio obtenido anteriormente: $563.19*2.450%=$13.798 A continuación multiplicamos este monto, por el número de años en exceso: $13.798*32.38=$446.784 (incremento por años en exceso) Sumamos el monto de cuantia básica, más el monto del incremento por años en exceso y obtendremos el salario diario de lo que será nuestra pensión: 73.214+446.784=$519.998 Ya por último, sólo nos falta agregar el porcentaje que corresponde, en este caso, a nuestro dependiente que es la esposa. El porcentaje que se aplica para ella (sea conyuge o concubino) es del 15%, por lo que tendremos: 519.998*15%=$77.999 Sumamos; 519.998+77.999=$597.997 Este es el monto diario, el cual al multiplicarlo por 30.4 nos dará el monto mensual de nuestra pensión: 597.997*30.4=$18,179.14 Por fin, este es el monto de la pensión mensual de nuestro ejemplo. Aqui es importante aclarar, que existe un decreto presidencial desde el año 2004, que incrementa la pensión en un 11%, pero que en estos casos no acostumbro aplicar, en virtud de que jurídicamente es demasiado endeble y no sabemos si será permanente. Asi que, para evitar confusiones, quedará a nuestro arbitrio aplicarlo. En la siguiente entrega haremos algunas observaciones al ejercicio aqui presentado.
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