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Autor
Despacho Contable J.D. Y Asociados Valladolid, Yucatan Tel: 9858564667 |
Resumen de Reformas Fiscales 2010 - escrito por CP. JULIO CESAR DZUL ALCOCER A continuación les presento un breve resumen algunas de principales reformas fiscales para 2010 mismas, que estan pendientes de publicarse en el Diario Oficial. IMPUESTO SOBRE LA RENTA - Incremento a la tasa de ISR de empresas del régimen general, de acuerdo a lo siguiente: · De 2010 a 2012 la tasa de ISR será el 30%, para 2013 la tasa disminuirá al 29% y a partir de 2014 la tasa retornará al 28% - Se incrementa al 21% la tasa de ISR para empresas de régimen simplificado, - En personas físicas se ajustaran los rangos de las tarifa de ISR, incrementando la tasa máxima a un 30%. - Se elimina el estimulo fiscal por investigación y desarrollo de tecnología. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - Incremento en la tasa general del impuesto del 15% al 16% y en zona fronteriza se incrementa del 10% al 11% - Se mantiene al 0% la venta de alimentos y medicinas. - En disposiciones transitorias se establece la tasa de IVA que se aplicará al pagar los bienes, servicios o arrendamientos adquiridos en 2009 que se paguen en 2010:
IMPUESTO A LOS DEPOSITOS EN EFECTIVO - Disminuye a $15,000 el monto mensual exento de IDE que aplicaran los Bancos - Se incrementa al 3% la tasa del IDE. - A partir de julio de 2010 el efectivo que se deposite en las cuentas propias abiertas con motivo de los créditos que se tengan con el sistema financiero causaran el IDE, a diferencia del 2009, donde no se gravaban estas operaciones. La exención queda únicamente para las personas físicas que no tengan actividad empresarial. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION - Para efectos del CFF se hicieron cambios importantes relacionados con la obligación de emitir comprobantes digitales a través de la pagina de Internet del SAT; esta obligación estará vigente a partir del 01 de enero de 2011, tendrá condiciones y requisitos diferentes al actual esquema de facturación electrónica. - Una vez iniciada una auditoria por las autoridades fiscales no tendrán efectos las declaraciones complementarias de ejercicios anteriores que presenten los contribuyentes revisados cuando éstas tengan alguna repercusión en el ejercicio que se esté revisando.
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